POLICIALES

Imputan a abogado que asistió a una audiencia con una credencial falsa

El acusado es un exconcejal capitalino que intentó suplantar a un defensor con identidad fraguada.

Imputan a abogado que asistió a una audiencia con una credencial falsa

El pasado 1 de julio, una audiencia de ejecución en la que se autorizó a un condenado con prisión domiciliaria a viajar a Buenos Aires con su pequeño hijo en tratamiento oncológico, tuvo derivaciones insólitas en Salta cuando el presidente del Tribunal Oral Federal 2, Abel Fleming, hizo detener a un letrado que intentó suplantar al defensor del recluso con una credencial fraguada.

Por esa irregularidad, de la que Fleming había sido alertado por auxiliares del tribunal ante inconsistencias advertidas en la identificación, acaban de formalizarse cargos contra el abogado Martín Miguel Poma Ovejero, exconcejal capitalino, por falsificación de documento y falta de habilitación para representar a un cliente en una audiencia judicial.

A instancia del fiscal general Carlos Martín Amad, el juez de Garantías N°1, Julio Bavio, hizo lugar a la imputación por los delitos tipificados en los artículos 292 y 247 del Código Penal. El jueves último, Amad expuso las conclusiones de la investigación preliminar ante el juez Bavio, quien aceptó los argumentos de la Fiscalía, como así también una serie de medidas de coerción que requirió para garantizar el desarrollo del caso.

Amad recordó que Poma Ovejero se presentó en la audiencia de ejecución del pasado 1 de julio para representar los intereses de Gastón Gabriel Roldán. En referencia al abogado imputado y a las razones por las que se ordenó en ese momento su detención, el representante del Ministerio Público remarcó: Este señor se identificó con una matrícula federal del interior a nombre de Jesús Nicolás Graneros, credencial que presentaba signos evidentes de haber sido adulterada".

Entre las medidas diligenciadas para determinar su verdadera identidad, el fiscal mencionó la toma de huellas dactilares, la verificación en su domicilio particular a través de familiares y la constatación de su lugar de trabajo, todo lo cual permitió corroborar que "no era quien decía ser".

Amad también enumeró la prueba documental reunida, en especial informes realizados por la Policía Federal y otro de la Cámara Federal de Apelaciones de Salta respecto al legajo del abogado Graneros, cuya matrícula sí estaba activa, lo que no sucedió con relación a Poma Ovejero, ya que el Sistema Unico de Matrículas Federales no arrojó que el imputado tuviera habilitación en ese registro.

La Fiscalía también resaltó una pericia realizada sobre la matrícula federal secuestrada al acusado, de la que surgió que dicha credencial "no cumple con los requisitos de originalidad establecidos por la Cámara Federal de Apelaciones de Salta; por lo tanto, resultó apócrifa en cuanto a su soporte".

Entre otros reportes, el fiscal informó al juez que Poma Ovejero "ya tiene un antecedente condenatorio, el que data del 10 de mayo de 2018". "El Juzgado Correccional de Primera Nominación (de la Justicia provincial) condenó a este señor a dos años de prisión condicional por homicidio y lesiones culposas", indicó el fiscal general.

Desde la defensa, en tanto, se cuestionó la acusación requerida respecto a la habilitación para el ejercicio de la profesión en los tribunales federales, por entender que Poma Ovejero no usurpó ningún título y reafirmó que el mismo posee la acreditación correspondiente, emitida por la Universidad de Belgrano.

En respuesta, la Fiscalía aclaró que en ningún momento puso en dudas la calidad de abogado del imputado, sino la "falta de habilidad" para litigar en la audiencia judicial en la que fue descubierto con una credencial apócrifa y a nombre de otro letrado.

Sobre esta cuestión, el juez Bavio compartió los argumentos de la Fiscalía y validó la calificación legal requerida contra Poma Ovejero. "En este estado embrionario (del proceso investigativo), le encuentro razón al fiscal", dijo el magistrado, al dar por formalizada la investigación penal contra el abogado.

Por último, el juez convalidó el pedido de Amad para que el acusado "se someta al proceso judicial en curso, no obstaculice el mismo, dada su calidad de abogado, y se presente regularmente en la Oficina Judicial". El juez, que fijó el cumplimiento de esa medida de coerción cada 30 días, rechazó la solicitud del fiscal de que se le prohíba al imputado salir del país.

fuente el tribuno